viernes, 1 de julio de 2022

Ensayo. Actio libera in causa

Actio libera in causa

 

La locución libre en su causa o actio libera in causa permite dentro de la teoría del delito establecer lo relativo a la culpabilidad.

Los elementos del delito establecen que una acción típica, antijuridica y culpable han de concurrir para establecer que la conducta es un ilícito penal y que la persona es responsable de tal acción por lo que debe ser sancionado de conformidad con la norma sustantiva en materia penal.

Literalmente el latinismo “actio libera in causa” quiere decir acción libre en su causa; en teoría, existe una acción libre (actio libera) que desencadena un hecho cometido en falta de libertad (actio non libera pero libera in causa). Así, se trata de un hecho realizado por el agente en estado de inimputabilidad, pero que dicho estado fue buscado libremente por él, existiendo relación de causalidad entre el acto libre y el hecho típico realizado en estado de inconsciencia. (Reynaldi Román, 2004, pág. 4)

 

Clases

Actio libera dolosa y culposa

La tipicidad exige la existencia de los presupuestos de la acción y de la norma a fin de establecer que una conducta es considerada por norma como un ilícito penal, sin embargo, en el caso del dolo para provocar el estado de inimputabilidad estarían dentro de una consideración de que se ha generado una fase de provocación mientras que existirá la posibilidad de que el dolo en una fase defectuosa el actor realiza la acción dolosamente por lo que se convierte en una acción delictiva.

Según la estructura del modelo, para que pueda considerarse tentativa, en el comienzo de la acción en estado de provocación es necesario que concurran los dos primeros dolos: El de provocar esa situación y el de querer realizar la acción posterior. También encuentra similitud con respecto a la autoría mediata, ya que, en los supuestos de autoría mediata, el autor mediato debe actuar con dolo para servirse del ejecutor del delito, que es el que actúa como instrumento. Con respecto al tercer dolo, basta con que este sea eventual (el sujeto debe asumir y representarse que tras ponerse en estado defectuoso puede llevar a cabo la comisión del delito) En tal caso estaríamos ante un primer y segundo dolo directos y un tercer dolo eventual, pudiendo ser eventual, también, el primer dolo si el sujeto es capaz de representarse que puede situarse en un estado defectuoso del cual no podrá luego tomar control. (Álvarez Hidalgo, 2015, pág. 21)

Un hecho culposo parte del principio de que la persona responsable puede imputársele el cometimiento de un hecho ilícito si el antijuridica y previsiblemente creo un peligro para el bien jurídico y al realizarse el mismo se obtuvo ese resultado previsible por lo que la Actio libera in causa es innecesaria puesto que el sujeto se ha ubicado de tal forma en la circunstancia que el peligro se realiza en el resultado.

En la actio libera in causa culposa es decisiva también la posición psicol6gica del autor respecto del hecho típico. Esta presente una actio libera in causa culposa si se causa la propia incapacidad culposamente y se produce un hecho delictivo previsible y evitable -como en los casos enunciados antes, c) y d)-. Pero también está presente una actio libera in causa culposa si el sujeto suprime consciente y voluntariamente su imputabilidad representándose o pudiéndose representar que, incapaz de actuar debidamente, cometería un delito determinado. Decisiva es la posici6n interna respecto del hecho típico y en este sentido cabria afirmar que, aun cuando se suprima consciente y voluntariamente la imputabilidad o la capacidad de acción, el supuesto considerado constituye una actio libera in causa culposa. (Alonso Alamo, 2014, pág. 97)

En los casos de alic culposa, un sector de la doctrina sostiene que no es necesario recurrir a la estructura de la actio libera in causa, ya que el comportamiento del autor infractor del deber de cuidado relativo al resultado típico fundamenta responsabilidad siempre que sea causal23, es decir, siempre que se demuestre que entre la infracción del deber de cuidado imputable al autor y el resultado dañoso finalmente producido, exista una relación de causalidad, se podrá sustentar una responsabilidad a título de culpa. (Reynaldi Román, 2004, pág. 11)

 

Actio y omissio libera in causa

El actio libera in causa es aplicable tanto en acciones com en omisiones de tal forma que este aspecto no se modifica por una u otra actitud generadora de actos cuyos resultados pueden presentarse como delitos; la omissio libera in causa sucede cuando en los casos en que el sujeto no lleva a la practica o ejecuta actos en un momento determinado acciones típicas que impliquen un resultado que puedo haberse impedido.

Actio libera in causa hace referencia a situaciones en que la persona provoca por si la incapacidad de actuar y con ello genera la inimputabilidad o genera causas de justificación dentro de las cuales realiza un hecho delictivo.

En cuanto al omissio libera in causa la doctrina indica que:

En lo que se diferencia de la actio libera in causa, es que en esta se trata de un hecho delictivo, activo, cometido en ausencia de acción o de imputabilidad, pero al igual que en el anterior caso, el sujeto o bien provoca activamente tal situación de inacción o inimputabilidad o, habiendo podido impedir su surgimiento no lo ha hecho. De estos últimos criterios a su vez se puede distinguir entre actio y omissio libera in cusa in agendo, asi como actio y omissio libera in causa in omittendo. (Cáseres Corea, 2019, págs. 45 - 46)

 

Actio libera in causa e inimputabilidad absoluta y restringida

La teoria de la actio libera in causa se refiere a:

Se habla también del estado de inimputabilidad que alcanza el agente al cometer el ilícito, esto es, si tal estado se presenta en forma absoluta o sólo restringida; aquí, dependiendo de qué teoría se adopte, se determinará también la solución. En este sentido si se defiende una teoría ilimitada de la sanción sobre la alic, se responderá que los casos de inimputabilidad tanto absoluta como restringida serán sancionados a título de dolo o culpa según el caso, es decir, no podrá ni siquiera invocarse en los supuestos de inimputabilidad restringida. (Reynaldi Román, 2004, pág. 12)

 

Regulación en la ley sustantiva penal guatemalteco

En cuanto a causas de inimputabilidad con relación al tema de la actio libera in causa preceptúa en el artículo 23 numeral 2:

2o. Quien, en el momento de la acción u omisión, no posea, a causa de enfermedad mental, de desarrollo psíquico incompleto o retardo o de trastorno mental transitorio, la capacidad de comprender el carácter ilícito del hecho o de determinarse de acuerdo con esa comprensión, salvo que el trastorno mental transitorio, haya sido buscado de propósito por el agente.

El articulo 25 numeral 3. En cuanto a causas de inculpabilidad establece:

Ejecutar el hecho en la carencia de que existe una agresión ilegítima contra su persona, siempre que la reacción sea en proporción al riesgo supuesto.

El artículo 25 del código penal en el numeral 17 con relación al actio libera in causa:

Embriagarse el delincuente o intoxicarse, deliberadamente para ejecutar el delito”.

 

Ejemplo:

Una persona consume dos botellas de ron y bajo el efecto de este tipo de bebida se enfrenta en una discusión con otra persona en el local donde ambos consumen licor, y como consecuencia de la discusión la persona A mata a la persona B. en este sentido debe considerarse que la actio libera in causa por el consumo de licor no era consciente de lo que estaba haciendo sin embargo en este caso el sujeto cumplía con los elementos de acción típica y antijuridica; al ser el sujeto A el responsable del consumo de licor y bajo el efecto del mismo dio muerte al sujeto B, sin embargo, fuera de ese estado de efecto del licor se sabe culpable de los hechos fuera del estado de inconsciencia por lo que en este caso el tipo penal es un homicidio culposo; si por el contrario el objetivo del consumo de licor era obtener un estado de inconsciencia para matar a la persona B el tipo penal es homicidio doloso.

 

 

Referencias bibliográficas

Alonso Álamo, M. (2014). La acción libera in causa. Ensayo, Universidad de Valladolid, Valladolidad. Recuperado el 2022, de file:///C:/Users/PC/Downloads/Dialnet-LaAccionLiberaInCausa-46340.pdf

Álvarez Hidalgo, P. J. (2015). Actio Libera In Causa. Tesis de grado , Universidad de Jaén, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales. Recuperado el 2022, de https://tauja.ujaen.es/bitstream/10953.1/4965/1/TFG_actio_libera_in_causa.pdf

Cáceres Corea, H. (2019). Análisis critico del efecto psicoactivo diferencial del consumo de las drogas (Cocaína, marihuana, L.S.D) en el comportamiento humano y su influencia en la actio libera in causa, en el ámbito jurídico costarricense. tesis de grado , Universidad de Costa Rica, Guanacaste. Recuperado el 2022, de http://repositorio.sibdi.ucr.ac.cr:8080/jspui/bitstream/123456789/9070/1/44054.pdf

Reynaldi Román, R. C. (2004). La doctrina de la actio libera in causa y su aplicaciones en el derecho penal peruano. Lima. Recuperado el 2022

 

 

 

 

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